Gobierno de rio negro
General

Provincia decretó reglamentación para realizar rifas, bingos y promociones comerciales en Río Negro

El Gobierno de Río Negro aprobó mediante el decreto 575 la reglamentación para realizar rifas, bingos y promociones comerciales en el ámbito de la jurisdicción provincial.

Fecha: 19 de mayo de 2016

Del mismo modo, facultó a Lotería para Obras de Acción Social de Río Negro a resolver sobre las cuestiones relacionadas con la aprobación de los juegos de azar, rifas, bingos y promociones comerciales, siendo la entidad que tiene a su cargo lo relacionado con la autorización, administración y supervisión de este tipo de juegos. Asimismo, derogó los decretos 1754/84, 265/85 y 1155/86 referidos a la temática.

Al respecto, el interventor de Lotería, Luis  Ayestarán, expresó que “con estas actualizaciones se tiene por objeto fortalecer, darle valor y defender al ciudadano rionegrino en este tipo de actividades, debido a que según el trabajo de investigación que hemos realizado, hay muchos casos de engaño o falsedad de las promociones comerciales, rifas falsas o poca transparencia en los bingos barriales o de clubes sociales o deportivos”, aseguró.

En el reglamento se establece que los bingos, al igual que las rifas y demás certificados sorteables, sólo podrán ser realizados por instituciones o asociaciones con personería jurídica, sin fines de lucro con domicilio en Río Negro. 

Sin embargo, Lotería podrá también autorizar solicitudes interpuestas por entidades que no posean personería jurídica pero que cumplan fehacientemente con una función de ayuda a la educación o asistencia social y acrediten tener en trámite el otorgamiento de la personería jurídica.

Del mismo modo, quedan comprendidas las promociones comerciales, publicitarias gratuitas y las sin obligación de compra, los concursos o eventos en las que intervenga el azar y estén organizadas dentro de Río Negro. Es importante aclarar que se considera promociones comerciales y publicitarias gratuitas a los concursos, sorteos o eventos, en los que la resolución de ganadores se determine total o parcialmente a través del azar, y cuya finalidad sea el desarrollo de una actividad promocional de productos, servicios o espectáculos.

“Con esta nueva herramienta legal vamos a proteger al vecino que desea participar de los concursos nacionales o provinciales que realizan distintas firmas comerciales en el territorio de Río Negro”, destacó Ayestarán.

Las personas jurídicas interesadas en lanzar al mercado este tipo de promociones en Río Negro, deberán inscribirse cada año en el registro de operadores promocionales, en Lotería.

Será la autoridad de aplicación quien podrá otorgar sanciones a toda aquella entidad u organización -inscripta o no como operadora promocional-, cuando estas incumplan con las disposiciones establecidas en el reglamento, una multa que podrá ser equivalente hasta un 40% del valor total de los premios ofrecidos.

“En materia de modificaciones en los premios de rifas o bingos la normativa es muy similar, pero con la defensa compartida de los clubes y de los vecinos que adquieran los bonos contribución o participen de los distintos eventos promocionados”, indicó el funcionario.

Por último subrayó que “nuestra función es la de agente fiscalizador de los juegos de azar, y nuestra misión es y será que cada acción sea legal, con la transparencia que caracteriza a esta Lotería con casi 38 años de vida”.

 

 

Temas relacionados