En el mismo sentido que Río Negro, también modificaron recientemente sus leyes impositivas locales las provincias de Buenos Aires, Mendoza y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y se encuentran analizando medidas similares Córdoba y Santa Fe.
Desde la Agencia de Recaudación Tributaria, órgano de aplicación de la ley impositiva provincial, alentaron esta reducción ya que consideran que es una forma de impulsar el financiamiento para la vivienda, lo que permitirá reactivar a su vez el mercado inmobiliario y el de la construcción.
Al respecto, el titular de la Agencia de Recaudación Tributaria, Agustín Domingo, manifestó que “era necesario que las operaciones de créditos hipotecarios para la adquisición, construcción y ampliación de vivienda propia cuenten con una alícuota especial más baja de la que se establecen para otras actividades financieras como una casa de cambio monetario por ejemplo”. Concluyó que “es importante que las políticas fiscales puedan contribuir a promover el acceso a la vivienda propia de los rionegrinos como en este caso”.
De esta manera se incorpora a la Ley Nº 5174 la actividad 810190 con la alícuota especial del 1,5% para intereses y ajustes por desvalorización monetaria correspondientes a los créditos hipotecarios otorgados para la adquisición, construcción y ampliación de vivienda única, familiar y de ocupación permanente otorgados por entidades financieras u otras instituciones sujetas al régimen de estas entidades. Además contempla que para las operaciones que fueron otorgadas con anterioridad a la sanción de la Ley se aplicará a partir de la primera cuota cuyo vencimiento sea posterior a la fecha de entrada en vigencia de la normativa.
Como consecuencia de esta rebaja impositiva que está siendo implementada en varias provincias, algunas entidades financieras ya han anunciado que revisarán las tasas de interés que aplican a sus créditos hipotecarios para vivienda única, implicando en algunos casos reducciones que van del 10% al 15% en el valor de las cuotas.